A continuación encontrarás la normativa aplicable en el Salto de Bierge puesto que se encuentra en un espacio protegido, el Parque Natural de la Sierra y los Cañones de Guara.
- No está permitido llevar perros sueltos no relacionados con el ejercicio de la caza, la ganadería u otros usos tradicionales como la búsqueda de trufas.
- No se permite la instalación de cualquier establecimiento, puesto de venta (fijo o ambulante) que se ubique fuera de los cascos urbanos y sin perjuicio de las ordenanzas municipales de cada núcleo.
- No está permitida la instalación de tiendas, toldos, parasoles o cualquier elemento ocasional en dominio público hidráulico.
- No se permite el uso de colchetas, barcas, tablas, ni objetos similares.
- No está permitido el empleo de medios acústicos, salvo los expresamente autorizados.
- No está permitida la pernocta valiéndose de la instalación de chozas, casetas, tiendas, toldos, caravanas autocaravanas, vehículos o cualquier elemento ocasional, sin perjuicio de lo establecido en la legislación en materia de acampada en alta montaña.
- Se prohíbe la liberación de globos de gas o de fuego, el lanzamiento de cohetes, fuegos artificiales, bengalas o el encendido de tracas fuera de los núcleos urbanos.
- No usar jabones ni verter líquidos en el agua.
- No dejar basuras fuera de los contenedores.
Para más información, puedes consultar los siguientes documentos:
- Plan de Uso y Gestión
- Plan de Ordenación de los Recursos Naturales
- Modificación del Plan de Ordenación de los Recursos Naturales
- Regulacion de la escalada